Sí, se considera jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labores, siempre que sea por causas que no le sean imputables al trabajador, es decir, que no sean su responsabilidad.
Este tipo de jornada se ha denominado "jornada pasiva". Por ejemplo, un corte de energía eléctrica mientras el trabajador se encuentra prestando servicios se considera jornada de trabajo, ya que el trabajador se encontraría a disposición del empleador para prestar servicios, pero no podría realizarlo por una causa que no le es imputable. Por lo tanto, el tiempo que el trabajador no pudo laborar por el corte de energía eléctrica debe considerarse como tiempo trabajado para efectos de computar la jornada de trabajo diaria. De la misma manera, no se le puede exigir que recupere el tiempo que duró el corte de energía.