Para que exista trabajo en régimen de subcontratación, según la ley y lo señalado por la Dirección del Trabajo, deben estar presentes los siguientes requisitos:
• Que el trabajador labore para un contratista o subcontratista, a través de un contrato de trabajo .
• Que la empresa principal sea la dueña de la obra, empresa o faena en que se desarrollan los servicios o se ejecutan las obras que se subcontratan.
• Que exista un acuerdo contractual entre la empresa contratista y la empresa principal dueña de la obra o faena, en que la empresa contratista se obliga a ejecutar, por su cuenta y riesgo, obras o servicios para la empresa principal.
• Que las obras o servicios sean ejecutadas por el contratista con sus trabajadores.
• Que los servicios no se ejecuten de manera discontinua o esporádica.