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¿Cómo pueden los empleadores proteger a los trabajadores y el lugar de trabajo?

Mobirise

1.1 ¿Cómo se propaga la COVID-19?

Según la OMS, cuando alguien que ha contraído la COVID-19 tose o exhala, libera gotitas que contienen el virus. La mayoría de estas gotitas caen sobre superficies y objetos cercanos, como escritorios, mesas o teléfonos. Los trabajadores pueden contraer el virus al tocar superficies u objetos contaminados y luego llevarse las manos a los ojos, la nariz o la boca. Si se encuentran a menos de un metro de una persona ya contagiada con el virus, pueden contagiarse al inhalar esas partículas suspendidas en el aire. En otras palabras, la COVID-19 se propaga de manera similar a la gripe.

1.2 ¿Cuáles son los síntomas de la COVID-19?

Según la OMS, los síntomas más comunes de la COVID-19 son la fiebre, el cansancio y la tos seca. Algunas personas pueden tener dolores, congestión nasal, secreción nasal, irritación de garganta o diarrea. Estos síntomas suelen ser leves y comienzan gradualmente. Otras personas se infectan, pero no desarrollan ningún síntoma y no se sienten mal. La mayoría de las personas infectadas por el virus de la COVID-19 experimentan síntomas leves y se recuperan. Sin embargo, en otras se declara una enfermedad más grave que puede requerir atención hospitalaria. El riesgo de presentar síntomas graves aumenta con la edad, en personas con sistemas inmunológicos debilitados y en aquellas con enfermedades previas como diabetes, enfermedades cardíacas o pulmonares.

1.3 ¿Deben los empleadores proporcionar información a sus trabajadores?

Es probable que los trabajadores manifiesten inquietud por la pandemia de la COVID-19 y tengan dudas sobre los riesgos para su salud y los cambios que puede provocar en sus métodos de trabajo o su situación laboral. Para garantizar un flujo de información fluido y constante en todo el lugar de trabajo y evitar confusiones, rumores o información errónea, los empleadores deben comunicar regularmente la información pertinente a sus trabajadores, designando a tal fin, cuando sea posible, a un miembro del personal o un coordinador. 

Los empleadores deberían:

  • Designar una persona o un equipo que asuma la iniciativa en la comunicación sobre la COVID-19;
  • Actualizar la información más reciente de las autoridades nacionales y locales;
  •  Facilitar periódicamente información actualizada y fiable a los trabajadores;
  • Aclarar y comunicar los procedimientos y políticas de la empresa, incluso para las modalidades de trabajo flexible, el teletrabajo, las faltas de asistencia, la baja por enfermedad, las vacaciones anuales, el despido, etc.

Habida cuenta de que la situación de la COVID-19 evoluciona constantemente, proporcionar actualizaciones periódicas a los trabajadores sobre la situación de la COVID-19 contribuirá a que estos se sientan informados y bien respaldados y, a cambio, se sientan motivados para ayudar y adaptarse en este difícil momento. Los empleadores también deben proporcionar información actualizada y fiable a los proveedores y los clientes.

1.4 ¿Qué tipo de información en materia de salud debería proporcionarse a los trabajadores?

Los empleadores deberían proporcionar información médica esencial sobre la COVID-19 a todas las personas en el lugar de trabajo, basándose en las orientaciones facilitadas por las autoridades sanitarias nacionales y locales y la OMS (recuadro 1). Por ejemplo, los trabajadores deben conocer la información de la OMS sobre el tipo de personas con mayor riesgo de desarrollar enfermedades graves, incluidas las personas de edad y las que tienen patologías previas, como un sistema inmunológico debilitado.

Las autoridades están introduciendo diferentes medidas y orientaciones para frenar la propagación de la COVID-19. Los empleadores deben tomar medidas con miras a proporcionar la siguiente información sanitaria a los trabajadores:

  • Situación actual del virus en el país (para compartir nueva información y disipar mitos);
  • Asesoramiento y orientación sanitaria actualizados, publicados por autoridades reconocidas;
  • Consejos sobre la higiene del lugar de trabajo y la práctica del distanciamiento social.

1.5 ¿Qué deben hacer los empleadores para preservar la seguridad y la higiene en el lugar de trabajo?

Los empleadores tienen la responsabilidad general de garantizar un entorno de trabajo seguro y saluda-ble, en la medida en que sea razonablemente posible, incluyendo medidas específicas para controlar la propagación de virus como el de la COVID-192. Cada empresa debe adoptar medidas específicas en materia de seguridad y salud, que deben elaborarse atendiendo a una evaluación de los riesgos. Algunos sectores, como el de la atención de la salud y aquellos en los que los trabajadores están en estrecho contacto con el público, requieren medidas de control y prevención más estrictas que otros sectores. Es fundamental que los empleadores identifiquen los riesgos y adopten las medidas necesarias para controlarlos y mitigarlos.

Todos los lugares de trabajo pueden desempeñar un papel importante en la contención del brote si adoptan medidas como las siguientes:

  • Organizar el trabajo para reducir el contacto entre las personas, preservando el distanciamiento social en el lugar de trabajo o recurriendo a mecanismos de trabajo a distancia;
  • Desinfectar el lugar de trabajo regularmente;
  • Mantener una buena higiene ambiental y una buena ventilación interior;
  • Proporcionar servicios y medios adecuados (por ejemplo, jabón, desinfectante de manos, señalización y recordatorios) y alentar a los trabajadores a practicar la higiene en el lugar de trabajo (por ejemplo, la desinfección frecuente de las manos, evitar tocarse los ojos, la nariz o la boca);
  • Promover la higiene respiratoria (por ejemplo, proporcionando mascarillas a los trabajadores, especialmente a las personas en riesgo, para reducir al mínimo las posibles infecciones);
  •  Limitar o prohibir los viajes por motivos laborales que no sean esenciales;
  • Reducir la interacción con las personas ajenas al lugar de trabajo tanto como sea posible;
  • Facultar a los trabajadores para que tomen medidas si consideran que se enfrentan a una situación laboral desprotegida con un riesgo inminente y grave para su salud;
  • Desarrollar políticas y procedimientos para el control de las infecciones;
  • Aconsejar a los trabajadores que cumplan las medidas de cuarentena, en particular después de viajar a una zona de alto riesgo o de tener contacto con alguien que haya dado positivo;
  • Orientar a los trabajadores para que se queden en casa o trabajen desde su hogar si tienen «síntomas parecidos a los de la gripe» (por ejemplo, fiebre, tos, etc.) independientemente de los viajes que hayan hecho o de su historial de contactos;
  • Cumplir con las obligaciones de presentación de informes a las autoridades sanitarias y a los organismos de inspección del trabajo de conformidad con la legislación y la práctica nacionales.

2 Art. 16 del Convenio núm. 155 y el Art. 3 del Convenio de la OIT sobre el marco promocional para la seguridad y la salud en el trabajo, 2006 (núm. 187).

1.6 ¿En qué consiste el distanciamiento social?

El distanciamiento social se refiere a mantener al menos un espacio de 2 metros entre las personas. El objetivo del distanciamiento social es aumentar deliberadamente el espacio físico entre las personas para prevenir o minimizar la propagación del virus. En el lugar de trabajo, esta medida se traduce en:

La aplicación de modalidades de trabajo flexibles (por ejemplo, el teletrabajo);

El aumento del espacio físico entre los trabajadores;

La instauración de fórmulas flexibles de reunión y la prestación de servicios a distancia (por ejemplo, la celebración de reuniones por videoconferencia o por vía telefónica o la consideración de la posibilidad de reprogramar, escalonar o cancelar grandes reuniones);

La introducción de cambios en la cultura del lugar de trabajo (por ejemplo, dejando de dar la mano, almorzando cada cual en su propio escritorio o al aire libre en lugar de en la cafetería o en las salas de descanso; o dejando de compartir alimentos en el lugar de trabajo);

El replanteamiento de los desplazamientos profesionales no esenciales;

La entrega de productos de acera a acera en el punto de recogida y en el de destino. 

1.7 ¿Cómo pueden los empleadores gestionar y controlar el riesgo de la COVID-19 en el lugar de trabajo?

  • La determinación y el control de los riesgos de la COVID-19 para los trabajadores u otras personas relacionadas con el lugar de trabajo pueden implicar lo siguiente: 
  • Una mayor supervisión de las pautas oficiales de orientación y asesoramiento, en particular, atendiendo a la información actualizada de las autoridades sanitarias nacionales y locales y de la OMS; 
  • La revisión de las políticas y las medidas internas de control de infecciones, incluida la educación de los trabajadores sobre las mejores prácticas en materia de seguridad e higiene; 
  • Velar por que los trabajadores conozcan los períodos de aislamiento/cuarentena y los requisitos de acuerdo con la directriz/el asesoramiento de las autoridades nacionales y locales:
  • Proporcionar asesoramiento inequívoco a los trabajadores sobre las medidas que deben tomar si se enferman o piensan que pueden tener los síntomas de la COVID-19;
  • El seguimiento de los últimos consejos y restricciones en materia de desplazamientos para cualquiera que tenga previsto viajar por motivos profesionales. considerar si las actividades laborales ponen en riesgo a otras personas;
  • Planes de contingencia para gestionar las ausencias del personal y planes para gestionar el aumento de la carga de trabajo;
  • Proporcionar a los trabajadores información y enlaces a los servicios pertinentes en caso de que necesiten apoyo;
  • Ponerse en contacto con las líneas nacionales y locales de atención telefónica sanitaria pertinentes o con los servicios de asistencia para recabar la información y las directrices más recientes sobre la COVID-19.

Art. 19 a) del Convenio núm. 155 de la OIT: "Los trabajadores, al llevar a cabo su trabajo, cooperan en el cumplimiento por parte de su emplea- dor de las obligaciones que le incumben"

1.8 ¿Cuáles son las obligaciones de los trabajadores en materia de seguridad y salud? 

Los trabajadores tienen la responsabilidad de cuidar razonablemente de su propia salud y seguridad y de la de los demás, y el deber de cooperar con sus emplea- dores en la aplicación de medidas preventivas y de control3. Esto incluye asumir comportamientos laborales seguros, el uso correcto de los dispositivos de seguridad y de los equipos de protección, y la garantía de buenas prácticas de higiene, como el lavado frecuente de las manos, para protegerse contra las infecciones.

Los trabajadores también están obligados a notificar al empleador si tienen conocimiento de que padecen alguna enfermedad o impedimento físico o mental que afecte al desempeño de sus actividades o que pueda poner en peligro la seguridad, la salud y el bienestar de otras personas en el lugar de trabajo4. Los trabajadores tienen el deber de protegerse a sí mismos y a los demás, una obligación que resulta tanto o más crucial en la situación actual. 

1.9¿Contempla el régimen de indemnización de los trabajadores la COVID-19? 

El seguro de indemnización proporciona apoyo económico a los trabajadores en caso de una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo5. Si el impacto de la COVID-19 se contempla o no en el régimen de indemnización laboral es una cuestión jurídica que se dirimirá en función de la jurisdicción y las circunstancias. Los empleadores deben determinar la situación en su país, ya que cualquier reclamación de una indemnización por parte de los trabajadores requerirá una investigación de los hechos, y ciertos grupos de trabajadores son más vulnerables y pueden estar protegidos por legislaciones específicas.

La OIT ha dado a conocer ya grupos de personas que son particularmente vulnerables a la COVID-19 (véase el recuadro 2). 

En este espacio la OE podrá agregar información adicional sobre los requisitos para la indemnización de los trabajadores de acuerdo a su legislación nacional.

Independientemente de que el seguro de indemnización de los trabajadores cubra o no la enfermedad, los empleadores deberían precaverse contra los riesgos de que los trabajadores contraigan la COVID-19 en el lugar de trabajo y asegurarse de adoptar todas las medidas necesarias de carácter práctico para luchar contra ella. Se recomienda a los empleadores que, si les preocupa esta cuestión, busquen un asesoramiento jurídico que tenga en cuenta sus circunstancias específicas. 


Recuadro 2: Personas a las que la OIT considera particularmente vulnerables a la COVID-19. - Los jóvenes cuyo colectivo ya acusa tasas más altas de desempleo y subempleo. - Las mujeres están sobrerrepresentadas en los sectores más afectados (como en los servicios) o en ocupaciones que están en primera línea de combate contra la pandemia (por ejemplo, en la enfermería). - Los trabajadores desprotegidos, incluidos los autónomos. - Los trabajadores migrantes. ruente: OIT, 2020a.


Art. 19 f) del Convenio núm. 155. 5 Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, 1964 (núm. 121). Si los trabajadores contraen enfermedades profesionales, deberían tener derecho a una indemnización y a atención médica.